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Subvenciones 2018

AVISO URGENTE. Nueva ampliación de plazo

Como ya se indicó en el aviso publicado el pasado 4 de diciembre, en tal fecha se produjo un problema en el sistema de almacenamiento que ha impedido el correcto funcionamiento de aplicaciones informáticas de la administración de Castilla y León que afecta, entre otras, a la aplicación AYAE, que gestiona las solicitudes presentadas al amparo de la Orden de 29 de octubre de 2018, de la Consejería de Economía y Hacienda, que convoca subvenciones para mejorar la eficiencia energética en el sector empresarial de Castilla y León.

En dicha convocatoria se establecía que el plazo de presentación de solicitudes finalizaba el 4 de diciembre de 2018. Dicho plazo fue ampliado debido a la imposibilidad de registrar las solicitudes de subvención hasta el día 10 de diciembre de 2018.

Sin embargo, en esa fecha, el error de funcionamiento indicado no había podido ser solucionado en su totalidad. Por ese motivo, el Director General de Energía y Minas, en aplicación del apartado vigésimo cuarto de la orden de convocatoria antes citada, y de acuerdo con el resto de normativa aplicable, ha dictado Resolución, de fecha 10 de diciembre de 2018, por la que se establece que EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES AL AMPARO DE LA ORDEN DE 29 DE OCTUBRE DE 2018, DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES DIRIGIDAS A LA MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA EN EL SECTOR EMPRESARIAL DE CASTILLA Y LEÓN

SE AMPLÍA HASTA LAS 23:59:59 HORAS DEL DÍA 13 DE DICIEMBRE DE 2018.

Subvenciones de eficiencia energética y energías renovables 2018

Eficiencia energética en el sector empresarial

PLAZO SOLICITUDES:

EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES AL AMPARO DE LA ORDEN DE 29 DE OCTUBRE DE 2018, DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES DIRIGIDAS A LA MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA EN EL SECTOR EMPRESARIAL DE CASTILLA Y LEÓN 

SE AMPLÍA HASTA LAS 23:59:59 HORAS DEL DÍA 13 DE DICIEMBRE DE 2018.

Beneficiarios

  1. Grandes empresas de Castilla y León.
  2. Pequeñas o medianas empresas (PYME) de Castilla y León
  3. Autónomos.
  4. Agricultores y ganaderos.

Actuaciones subvencionables

  1. Sustitución de equipos consumidores de energía por otros equipos también consumidores de energía que generen un ahorro energético o mejoren la eficiencia energética..
  2. Recuperación de efluentes térmicos.
  3. Sustitución y/o instalación de sistemas de control de variables energéticas.
  4. Implantación de sistemas de gestión energética, basados en la norma UNE-EN- ISO 50001.

Valoración de las solicitudes

Régimen de concurrencia competitiva. No importa el orden de presentación siempre que esté dentro del plazo que establezca la convocatoria.

Criterios de valoración (excepto para la actuación Tipo IV)

  1. Ratio energético.
  2. Volumen de facturación.
  3. Población de la localidad del proyecto.
  4. Municipios mineros
  5. Autónomos, agricultores o ganaderos.
  6. Integración laboral de las personas con discapacidad
  7. Distinción “ÓPTIMA CASTILLA Y LEÓN”

Notas importantes:

  • Las actuaciones a subvencionar no deberán, en ningún caso, haberse iniciado antes de presentar la solicitud de subvención.
  • Las solicitudes de subvención deberán ser presentadas por el interesado o su representante legal.
  • Las solicitudes acompañadas de la documentación correspondiente, se presentarán exclusivamente de forma telemática.
  • Están sujetas al régimen de minimis, lo que implica topes de cuantías de subvención según sectores.
  • Cuantía de la subvención: entre el 15 y el 40 % del gasto subvencionable en función del ahorro energético conseguido con topes de 200.000 €. La actuación Tipo IV, tiene una cuantía de subvención del 75% del gasto subvencionable.

Acceso a la tramitación de la ayuda

Energías renovables en el sector empresarial

PLAZO SOLICITUDES: Hasta el 30 de noviembre de 2018

Beneficiarios

  1. Grandes empresas de Castilla y León.
  2. Pequeñas o medianas empresas (PYME) de Castilla y León
  3. Autónomos.
  4. Agricultores y ganaderos.

Actuaciones subvencionables

  1. Energía solar térmica.
  2. Energía solar fotovoltaica.
  3. Biomasa: Instalaciones térmicas.
  4. Geotermia.

Valoración de las solicitudes

Régimen de concurrencia competitiva. No importa el orden de presentación siempre que esté dentro del plazo.

Criterios de valoración

  • Ratio energético
  • Interés sectorial o grado de innovación
  • Volumen de facturación
  • Población de la localidad del proyecto
  • Municipios mineros
  • Autónomos, agricultores o ganaderos
  • Distinción “ÓPTIMA CASTILLA Y LEÓN”
  • Integración laboral de las personas con discapacidad

Notas importantes:

  • Las actuaciones a subvencionar no deberán, en ningún caso, haberse iniciado antes de presentar la solicitud de subvención.
  • Las solicitudes de subvención deberán ser presentadas telemáticamente por instalador-colaborador (Registro).
  • Están sujetas al régimen de minimis, lo que implica topes de cuantías de subvención según sectores.
  • Cuantía de la subvención: entre el 25 y el 40 % del gasto subvencionable. Cuantía máxima según actuación. 

Acceso a la tramitación de la ayuda

Mejora de la eficiencia energética en los colegios públicos

PLAZO SOLICITUDES: Hasta el 30 de noviembre de 2018

Beneficiarios

Municipios de Castilla y León de más de 20.000 habitantes, siempre que cumplan los siguientes requisitos:

  • Que se trate de centros de educación infantil y primaria o de educación primaria.
  • Que estén situados en municipios de más de 20.000 habitantes de Castilla y León.
  • Que tengan 15 o más unidades.
  • Que su año de construcción sea anterior a 1990.

Actuaciones subvencionables

Se dividen en categorías de actuación:

  1. La mejora de la eficiencia energética en envolvente térmica.
  2. La mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas
  3. La mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.
  4. La mejora de la eficiencia energética en los ascensores existentes.
  5. La mejora de la eficiencia energética en las ventanas (huecos acristalados).

Valoración de las solicitudes

Régimen de concurrencia competitiva. No importa el orden de presentación siempre que esté dentro del plazo que establezca la convocatoria.

Criterios de valoración

  • Ratio energético.
  • Número de categorías de actuación.
  • Integración laboral de las personas con discapacidad

Notas importantes:

  • La actuación no podrá estar finalizada en el momento de presentación de la solicitud de subvención.
  • Las solicitudes de subvención deberán ser presentadas por el Alcalde presidente del ayuntamiento.
  • Las solicitudes acompañadas de la documentación correspondiente, se presentarán exclusivamente de forma telemática.
  • Cuantía de la subvención: entre el 60 y el 80 % del gasto subvencionable
  • Cuantía de la subvención: Una vez aplicados los porcentajes de subvención, cuantía mínima de 100.000 € (por debajo no se tendrá derecho a subvención), máxima de 400.000 €.

Acceso a la tramitación de la ayuda

Energías renovables. Caminos a Santiago

PLAZO SOLICITUDES: Hasta el 28 de noviembre de 2018

 Beneficiarios

  1. Pequeñas o medianas empresas (PYME).
  2. Autónomos.
  3. Entidades locales
  4. Asociaciones o entidades sin ánimo de lucro.

 Actuaciones subvencionables

  1. Energía solar: instalaciones solares térmicas para agua caliente sanitaria (ACS).
  2. Biomasa: instalaciones térmicas para calefacción (estufas de pellets).

Valoración de las solicitudes

Régimen de concurrencia competitiva. No importa el orden de presentación siempre que esté dentro del plazo que establezca la convocatoria.

Criterios de valoración Según si el  beneficiario es o no empresa

Para empresas:

  1. Ratio energético.
  2. Autónomos, agricultores o ganaderos.
  3. Volumen de facturación.
  4. Población de la localidad del proyecto.
  5. Municipios mineros
  6. Integración laboral de las personas con discapacidad
  7. Distinción “ÓPTIMA CASTILLA Y LEÓN”

Notas importantes:

  • Las actuaciones a subvencionar no deberán, en ningún caso, haberse iniciado antes de presentar la solicitud de subvención para empresas, para el resto no podrán estar finalizadas.
  • Las solicitudes de subvención deberán ser presentadas por el interesado o su representante legal.
  • Las solicitudes acompañadas de la documentación correspondiente, se presentarán exclusivamente de forma telemática.
  • Están sujetas al régimen de minimis en el caso de empresas.
  • Cuantía de la subvención: entre el 50 y el 70 % del gasto subvencionable

Acceso a la tramitación de la ayuda

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