Interrupción del plazo de solicitud de subvenciones en materia de energías renovables para el sector empresarial de Castilla y León
Fecha de publicación:
2 de abril de 2020
Fuente:
Consejería de Economía y Hacienda
Descripción:
Como consecuencia de la situación producida por la pandemia de COVI-19, se ha dictado el RD 463/2020, de declaración del estado de alarma, modificado posteriormente. En su Disposición Adicional Tercera se establece la suspensión e interrupción de términos y plazos administrativos. En el ámbito de la Comunidad de Castilla y León se han indicado unas directrices sobre la interpretación y aplicación de lo establecido en la normativa estatal.
Contenido:
A la vista de lo anterior, y en el caso de la convocatoria de subvenciones en materia de energías renovables para el sector empresarial de Castilla y León, aprobada por Orden de 5 de marzo de 2020, de la Consejería de Economía y Hacienda, se aplicará el siguiente régimen:
- El plazo establecido en la convocatoria comenzaba al día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOCYL. Dicha publicación se produjo el viernes 13 de marzo, con lo que el plazo comenzaba a las 9:00 horas del sábado 14 de marzo.
- El mismo 14 de marzo ese plazo quedó interrumpido, dado lo previsto en el RD 463/2020 , de 14 de marzo, que fue publicado en el BOE y entró en vigor el mismo 14 de marzo.
- Aunque el plazo está interrumpido, se pueden seguir presentando solicitudes, de forma telemática, tal y como se indica en la convocatoria.
- Una vez finalice el estado de alarma, se reanudará el plazo, por una duración igual a los días de dicho plazo que, cuando se produjo la declaración del estado de alarma, no habían transcurrido.
- La reanudación del plazo y su fecha de finalización se comunicarán a través de la plataforma AYAE, en tramita.es, y en el apartado de energía de la página jcyl.es.
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