Convenio de colaboración para la aplicación del plan de prevención de riesgos laborales en Castilla y León 2016-2020 y para la estrategia de recursos minerales de Castilla y León 2017-2020.
Se han de señalar las siguientes notas caracterizadoras del convenio:
Primera
La generación del convenio referido es una actuación pionera, tanto por la colaboración de los dos centros directivos competentes, Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales (DGTPRL) y la Dirección General de Energía y Minas (DGEYM), como por la materia de prevención de riesgos laborales en el ámbito minero, sobre la base de la consideración como un valor superior la seguridad y salud de los trabajadores de esta Comunidad Autónoma de Castilla y León.
Segunda
La coexistencia de las arriba citadas dos Estrategias, las cuales contemplan acciones cuya ejecución, al comprender contenidos comunes, unificará las dos Estrategias, de manera que supondrá un reforzamiento de las mismas y por ende inducirá eficiencia y eficacia tanto para la propia Administración de la Comunidad de Castilla y León como para el propio sector minero.
Tercera
El convenio contempla actuaciones específicas tales como:
- La integración en el sistema de comunicación de emergencias del 112 de los accidentes de trabajo graves y mortales así como los incidentes graves de trabajo de los centros de trabajo del ámbito minero.
- La colaboración en materia de prevención de silicosis y otras neumoconiosis, que se centrarán en realizar, con periodicidad anual, acciones de prevención, difusión y divulgación encaminadas a mejorar la prevención frente al riesgo por exposición a sílice en las empresas, y para lo cual se contará con el Instituto Nacional de Silicosis.
Como actuaciones variables, se contempla el que por ambas Consejerías se elaborarán y coordinarán planes de actuación, en sus respectivos ámbitos competenciales, para contribuir al desarrollo de las actuaciones preventivas en las empresas, especialmente las de mediano y pequeño tamaño y las de sectores de actividad con mayor nivel de riesgo o de siniestralidad, a través de acciones de asesoramiento, de información, de formación y de asistencia técnica.
Cuarta
Este convenio ampliara la base de actuaciones relativas a la función de asesoramiento de los riesgos en los centros de trabajo pertenecientes al ámbito minero, con lo cual se habrá de inducir una mejora de las funciones de vigilancia y control del mismo.