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Los agentes del mercado

Los compradores y vendedores que operan en el mercado eléctrico –los agentes– tienen que estar autorizados por el Ministerio de Economía, o por la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Junta de Castilla y León, e inscritos en el registro oficial correspondiente. Los agentes que pueden ofrecer electricidad son las centrales de generación eléctrica y los agentes externos; los que pueden efectuar compras son los distribuidores, los comercializadores, los consumidores cualificados y también los agentes externos.

Los agentes y el mercado están regulados por el operador del mercado OMEL y el operador del sistema –Red Eléctrica de España, S.A.– que ejerce el control técnico del mercado.

Como el sector eléctrico tiene unas características de complejidad técnica, en el año 1998, se creó la Comisión Nacional de Energía (heredera de la Comisión del Sector Eléctrico Nacional, creada por la Ley 40/1994) a fin de garantizar su buen funcionamiento en este marco liberalizado, y se la dotó de facultades, en materia de resolución de conflictos, de defensa de la competencia y de información.

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