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Procedimiento temporal de remisión de información de servicios de recarga energética en Castilla y León

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La Orden TED/445/2023, de 28 de abril, por la que se regula la información a remitir por los prestadores de servicio de recarga energética a las Administraciones Estatal y Autonómicas, establece el contenido de la información que estos sujetos han  de presentar a las comunidades autónomas.

De manera temporal, y hasta la aprobación de la orden de Castilla y León donde se establecerá el procedimiento que deben cumplir las empresas de prestación de servicios de recarga energética de vehículos eléctricos que dispongan de instalaciones radicadas en Castilla y León, se pone a disposición de las mismas el procedimiento temporal que han de seguir para la remisión de la información:

1.   Cumplimentar la hoja Excel que pueden descargar en esta misma página web, siguiendo los siguientes requisitos:

  • Para cada emplazamiento, añadir tantas filas como puntos de recarga contenga (entendiendo punto de recarga, como suministro de energía independiente).
  • Así mismo se añadirán tantas filas como conectores tenga cada punto de recarga.

2.   Tramitar electrónicamente el archivo Excel cumplimentado, a través de la sede electrónica de la Junta de Castilla y Leon, accediendo a la solicitud genérica de la Consejería de Economía y Hacienda (IAPA 2836) , y dirigirla al Ente Regional de la Energía.

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